En voz alta y con tono firme, el legislador oficialista Sisto Terán leyó ayer al mediodía una resolución histórica de la comisión de Juicio Político del parlamento. Y las palabras del jefe del comité confirmaron lo que se sospechaba: el alperovichismo, tal como Susana Trimarco lo había exigido hace cuatro meses, dio un paso clave hacia la destitución de los jueces que absolvieron a 13 procesados del caso de su hija, María de los Ángeles Verón, secuestrada hace 11 años.
"Desconociendo en forma expresa los modernos criterios de producción y valoración de la prueba testimonial de testigos vulnerables, (los magistrados) han arribado a una sentencia cuyo resultado es que delincuentes, por ellos así catalogados, se encuentran hoy en libertad", afirmó Terán Nougués, al leer la decisión del cuerpo.
Así, los vocales de la sala II de la Cámara Penal, Alberto Piedrabuena y Eduardo Romero Lascano, fueron formalmente acusados por la comisión de Juicio Político. Ahora, será el Jury de Enjuiciamiento, órgano compuesto por representantes de los tres Poderes, quien defina si son removidos.
En diciembre, el tribunal integrado por Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Romero Lascano emitió el fallo absolutorio que hizo crujir al alperovichismo. Trimarco, con el expreso apoyo del gobernador, José Alperovich, y de la presidenta, Cristina Fernández, anunció que no descansaría hasta que los magistrados fueran echados. Y ayer, la comisión de Juicio Político decidió que corresponde acusar a los jueces por su desempeño durante el proceso oral y público.
La resolución no alcanza a Herrera Molina, quien renunció en diciembre para acogerse a la jubilación. Alperovich le denegó ese beneficio, pero la sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo le ordenó al mandatario que revisara el polémico decreto, y considerara el delicado estado de salud de Herrera Molina. La Justicia, a la vez, dispuso que se suspendieran las actuaciones en la Legislatura contra el juez, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo. Ayer, por unanimidad, los legisladores decidieron acatar la directiva judicial.
Los 11 alperovichistas del comité, tal como estaba previsto, consideraron que Piedrabuena y Romero Lascano "han incurrido en 'falta de cumplimiento de los deberes a su cargo'". Los parlamentarios del PJ consignaron que esto es "causal de destitución", según lo prevé la Constitución provincial.
El opositor Ricardo Bussi (PJ), en tanto, votó en disidencia, y expresó que no encontró pruebas que avalaran la grave denuncia de Trimarco contra los vocales de la sala II. "Me solidarizo con ella y comprendo su dolor, pero la comisión ha actuado muy mal. El tribunal ha fallado absolutoriamente y por eso ha sido acusado en Juicio Político. ¿Qué puede esperar la Corte, que hoy revisa el fallo? Es un mensaje cuasimafioso", alertó Bussi.
Los abogados de los magistrados sostuvieron que existen presiones desde el PE y desde la Casa Rosada para que el parlamento expulse al tribunal. Terán Nougués, en cambio, aseguró ayer que el equipo legislativo trabajó sin apartarse de la normativa que ordena estos procesos. "Hubo un reclamo permanente por la filiación política que tenemos los miembros de la comisión. Esto ya ha sido zanjado a lo largo de distintos fallos judiciales: el carácter no substituible del organismo político como juzgador de los jueces hace que la pertenencia política no sea motivo ni causal de afectación del criterio de imparcialidad que se requiere en estos casos", advirtió el legislador, que era vicegobernador de Julio Miranda cuando Marita Verón fue secuestrada, en 2002.
Ante una consulta de LA GACETA, Terán Nougués recordó que en ese momento él tenía a su cargo "el manejo de la Legislatura". "(El cuerpo) no tenía ninguna incidencia en la prosecución de ninguna causa ni instrucción judicial relacionada con ninguna cuestión de la Provincia", se escudó el oficialista.
Luego, en rueda de prensa, el legislador aseguró que "la comisión tenía y tiene la obligación moral de formular la acusación". "Es hora de que estos temas se debatan de cara a la población, porque todos los que integramos el quehacer político tenemos un grado de responsabilidad. El tema de la trata de personas es un asunto que no ha merecido la atención que debiera por parte de nuestra comunidad, y los severos llamados de atención que sobre ese tema está haciendo el papa Francisco hacen que uno deba reflexionar mucho sobre esto", aseveró Terán Nougués.
Luego, cuando este diario le preguntó sobre las declaraciones de Trimarco, que vinculan a Julio Miranda con los hermanos Ale, el ex vicegobernador se desligó de aquellas acusaciones. "No las comparto, pero (ella) tiene todo el derecho del mundo a formular las declaraciones que entienda. Y, en lo que a mí respecta, esas vinculaciones yo no las tengo", afirmó.
Las cerca de 3.500 fojas que integran el expediente de la acusación formulada por la comisión de Juicio Político serían enviadas al Jury de Enjuiciamiento el viernes o lunes. En esta etapa, cinco miembros de la Legislatura; uno del PE; otro de la Corte Suprema de Justicia; y un representante de los abogados matriculados definirán (con los dos tercios de los votos) si Piedrabuena y Romero Lascano son removidos. Pero si el alto tribunal hace lugar a un amparo planteado por el propio Romero Lascano contra de la conformación de ese jurado, el proceso se frenará.
Así, aunque la avanzada alperovichista concretó su primer objetivo, el final es incierto. Eso sí: el oficialismo mantendrá la decisión de tener a los magistrados en la mira.
Demoras para llegar al juicio oral y público
"Allá, por el año 2002, desaparece una joven (Marita) y su madre (Susana Trimarco) emprende una sacrificada y brutal búsqueda de su paradero que la introdujo en un submundo pérfido, perverso, maléfico, de prostíbulos, proxenetas, abusadores sexuales (...). El expediente fue elevado a juicio en 2004, y en mayo de 2009 la sala II de la Cámara Penal resulta designada mediante sorteo para entender en el debate oral. ¿Cómo se explica al ciudadano común esta demora? En 2012, tras más de dos años y siete meses de haber sido sorteada, se iniciaron los debates por ante el tribunal hoy cuestionado".
Un e-mail anónimo y una supuesta predicción
"(En 2010) la querella puso en conocimiento de la Fiscalía de turno de la existencia de un mail dirigido a Trimarco, en el que se le informaba de una presunta reunión en una finca del abogado (Cergio) Morfil, quien luego sería defensor de parte de los imputados, donde 'se habría arreglado' que los 13 imputados serían absueltos. (...) El hecho fatídico de que, dos años después, la predicción se cumpliera, justifica algunas expresiones, que esta comisión no comparte por no tener pruebas y porque no quiere incurrir en apreciaciones respecto del buen nombre y honor de las personas sin pruebas para ello".
El trato brindado a las testigos víctimas
"Ya en el debate, podemos decir que pasó de todo: (...) testigos vulnerables que ingresaban encapuchadas a declarar y a las que se les tomaban fotos a la salida; intentos de cambiar testimonios con la presencia de imputados en la casa de testigos; amedrentamiento a testigos con gestos por parte de los imputados; interrogatorios burlescos e intimidantes. (...) Las testigos tuvieron una vida infernal. (...) No obstante ello, juntan fuerzas y, exponiéndose a la revictimización y las represalias, se animan a declarar contra sus captores. A semejante prueba de coraje, el tribunal responde tratándolas como testigos comunes".
La valoración de los testimonios de víctimas
"El tribunal considera, con carácter de plena certeza, que los imputados integraban una red de captación de mujeres con destino a la trata de personas, con conexiones nacionales y seguramente internacionales. (...) Y lo esencial para que arribaren a esta conclusión fueron los testimonios de las mismas testigos vulnerables a las que dejaron intimidar y agraviar, y cuyos testimonios sometieron a un escrutinio ridículo con la intencionalidad de desvirtuar su credibilidad, pero sólo en lo ateniente al caso Verón. (...) Para el tribunal, las testigos dicen la verdad en todo, menos cuando dicen haber visto a Marita".
Los cargos contra los magistrados
"De la prueba colectada, esta comisión (...) entiende que los señores vocales (...) Alberto César Piedrabuena y Eduardo Antonio Romero Lascano han incurrido en "falta de cumplimiento de los deberes a su cargo", causal de destitución constitucionalmente prevista en el artículo 47 de la Constitución de la Provincia, particularmente las conductas previstas en los artículos 4 y 5 de la Ley 8.199. Esto es: ignorancia inexcusable o negligencia en el ejercicio de sus funciones; incumplimiento injustificado de los deberes a su cargo; y no reunir algunas de las condiciones que la Constitución y las leyes determinen para el ejercicio del cargo".
Idoneidad, credibilidad y confianza
"Las evidencias de la indolencia con que los magistrados se condujeron respecto de la integridad psicofísica de aquellas testigos y del descuido del interés procesal en que con su testimonio ellas pudieran contribuir a esclarecer los hechos e iluminar la verdad de lo acontecido constituyen prueba suficiente de que han perdido las condiciones de idoneidad exigidas en nuestro sistema constitucional para el desempeño de la augusta misión de dar a cada uno lo suyo. En consecuencia, carecen ya de la credibilidad y confianza que todo juez deben inspirar a los poderes públicos y a la sociedad en su conjunto".